• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
  • Nº Recurso: 697/2022
  • Fecha: 18/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se interpone recurso frente al artículo 16.4 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica. La Sala en su sentencia 651/2923, de 22 de mayo, recaída en el recurso 528/2022, relacionado con el que nos ocupa, sostuvo que el recurso carecía de objeto al haber desaparecido tales normas del mundo jurídico puesto que habían sido modificados tales preceptos por sendos RDL de marzo y mayo de 2022. En el mismo sentido, la Sala, en el presente recurso, estima la falta de competencia para la revisión jurisdiccional. Cita la numerosa jurisprudencia que señala que no es admisible el recurso de casación contra disposiciones con rango de ley. Rechaza la posibilidad de plantear cuestión de inconstitucionalidad y desestima igualmente la argumentación de que los Reales Decretos contienen clausulas de salvaguarda de rango de las disposiciones reglamentarias. No se trata de una previsión legal que degrade el rango de ley de algunos de sus preceptos, sino que tiene por finalidad y único alcance que aquellos preceptos reglamentarios que fueron modificados por esta ley podrán en el futuro ser modificados por una norma reglamentaria. No se produce degradación normativa sino habilitación legal para posteriores regulaciones reglamentarias.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 758/2022
  • Fecha: 17/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se plantea en casación si la naturaleza de los procedimientos de compatibilidad que regula el art. 2 de la Ley 17/2013, de 29 de octubre, para la garantía del suministro e incremento de la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, deben considerarse integrados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico o si, por el contrario, son ajenos a la misma; todo ello a efectos de determinar el sentido -positivo o negativo- del silencio de la solicitud de compatibilidad. El artículo 2 de la Ley 17/2013 estableció un procedimiento para que las instalaciones de producción de energía eléctrica, o la renovación de las existentes en territorios insulares y extrapeninsulares pudieran ser declaradas compatibles con los criterios técnicos. Para tener derecho al régimen retributivo adicional destinado a la actividad de producción en dichos territorios es necesario la autorización de resolución favorable de la Dirección General de Política Energética y Minas que determina con carácter previo la compatibilidad. Con posterioridad a la demanda se dictó por la Dirección General declaración de compatibilidad por lo que la Sala estima la carencia de objeto del recurso al haber desaparecido la controversia que giraba en torno a los efectos positivos o negativos del silencio administrativo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO CALVO ROJAS
  • Nº Recurso: 625/2022
  • Fecha: 17/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2021-2026 (PDRTEE). Necesidad de que el PDRTEE sea objeto de evaluación estratégica ordinaria (Ley 21/2013 de evaluación ambiental). Planteamiento de vulneración de la fase de información pública establecida en el art.19.1 de la Ley 21/2013, conclusión: inexistencia de vulneración por no haber consultado de manera específica, en este caso, al Ayuntamiento recurrente. El PDRTEE es un documento de alcance mucho más amplio y general que el de cada uno de los proyectos que se encuadran dentro del mismo y en este supuesto la evaluación ambiental no viene referida a uno o varios proyectos concretos en los que el citado ayuntamiento pueda considerarse directamente concernido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 6000/2021
  • Fecha: 19/06/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se reitera la doctrina jurisprudencial fijada en la STS de 14 de junio de 2022 (rec. 4843/2022): 1) La exigibilidad de una tasa municipal deriva de la ley y, en su desarrollo, de la ordenanza correspondiente, sin que sea admisible que su exigencia o no y, en el caso primero, su cuantificación, se haga depender de un convenio o acuerdo con el contribuyente. 2) Los tributos locales y, en especial, las tasas, dado su carácter potestativo como modalidad de financiación de servicios públicos de competencia local, requieren de la ordenanza correspondiente, que ha de respetar la ley de haciendas locales y la demás legislación que sea de aplicación, sin que, en caso de discordancia, sea posible prescindir de los términos de la ordenanza ilegal y girar el tributo conforme a las directas previsiones de la ley. 3) En caso de hechos imponibles tipificados en el artículo 24.1.a) del TRLHL, la tasa se cuantifica, conforme a la ley, en el 1,5 por ciento de los ingresos brutos procedentes de la facturación que obtengan anualmente en cada término municipal las referidas empresas, sin que sea lícito sustituir el importe por una tarifa basada en el número de metros lineales o cuadrados, según los casos, que se multiplica por una cantidad unitaria por cada metro. En aplicación de dicha jurisprudencia, la sentencia estima el recurso de casación, casa la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, estima el recurso contencioso-administrativo y declara la nulidad de la ordenanza fiscal y el acto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
  • Nº Recurso: 6984/2021
  • Fecha: 12/06/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La tasa examinada, exigida por el Ayuntamiento de Madrid por la prestación de servicios públicos tales como la vigilancia, conservación o reparación prestados en relación con galerías municipales, y que afecten a los usuarios de las mismas, resulta compatible con la tasa que grava la utilización privativa o el aprovechamiento especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 6982/2021
  • Fecha: 25/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tasa por Prestación de Servicios en Galerías Municipales del Ayuntamiento de Madrid. Interpretación de los artículos 20.4 y 24.1.c) del TRLHL, artículo 12, apartados 1 y 2, de la LGT y artículo 2 de la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Madrid reguladora de la tasa. La sentencia reitera la siguiente doctrina jurisprudencial ya fijada en la STS de 18 de mayo de 2023 (rec. 7476/2021): "la tasa exigida por el Ayuntamiento de Madrid por la prestación de servicios públicos tales como la vigilancia, conservación o reparación prestados en relación con galerías municipales, y que afecten a los usuarios de las mismas, resulta compatible con la tasa que grava la utilización privativa o el aprovechamiento especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario".
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 7476/2021
  • Fecha: 18/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La tasa examinada, exigida por el Ayuntamiento de Madrid por la prestación de servicios públicos tales como la vigilancia, conservación o reparación prestados en relación con galerías municipales, y que afecten a los usuarios de las mismas, resulta compatible con la tasa que grava la utilización privativa o el aprovechamiento especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LA ESPERANZA CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 7178/2021
  • Fecha: 18/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia fija la siguiente doctrina jurisprudencial en interpretación del artículo 20.4 y 24.1.c) TRLHL: la tasa exigida por el Ayuntamiento de Madrid por la prestación de servicios públicos tales como la vigilancia, conservación o reparación prestados en relación con galerías municipales, y que afecten a los usuarios de las mismas, resulta compatible con la tasa que grava la utilización privativa o el aprovechamiento especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 8971/2022
  • Fecha: 17/05/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Ordenanzas Fiscales Reguladoras de la Tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos. Informe técnico-económico: justificación de los parámetros elegidos para cuantificar la tasa. Tipo de gravamen en los supuestos de aprovechamiento especial de especial intensidad 5%. Restantes aprovechamientos 2,5%. Aclarar si un Ayuntamiento que - en uso de su autonomía local- establece o modifica una Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la utilización privativa del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos excluyendo de tributación la utilización privativa del dominio público local, puede a la vez catalogar instalaciones tales como cajas de amarre, líneas subterráneas, torres metálicas, apoyos, transformadores, depósitos u otros elementos similares, como aprovechamientos especiales de especial intensidad, y determinar la base imponible de la tasa de acuerdo con lo previsto en el artículo 64.1.a) Ley 25/1998, tomando como parámetro "el valor del terreno y, en su caso, el valor de las instalaciones ocupadas", en lugar de tomar como referencia "la utilidad que reporte el aprovechamiento" a que se refiere el apartado b) del mismo precepto, y, fijar un tipo de gravamen del 5% para los supuestos de aprovechamiento especial de gran intensidad. Precisar si, las Ordenanzas Fiscal Reguladora de la Tasa por la
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE ANTONIO MONTERO FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 1000/2022
  • Fecha: 10/05/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Base imponible del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Importe total que percibe el sujeto pasivo por la producción e incorporación al sistema eléctrico de electricidad.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.